El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado que los bancos tendrán que devolver todo lo que los clientes han abonado de más durante la vida del préstamo hipotecario.

Esto contradice lo declarado por el Tribunal Supremo que sí que manifestaba las cláusulas suelo como abusivas pero limitó la compensación: la cláusula suelo dejaría de aplicarse a partir del 9 de mayo de 2013, pero no restituiría lo pagado de más anteriormente.

emblem_of_the_court_of_justice_of_the_european_union-svg

En este sentido, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha asegurado los siguiente: «La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión. Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas». De tal modo que «la declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula».

Para ampliar la noticia, adjunto el Link del expansión:

http://www.expansion.com/empresas/banca/2016/12/21/585a4269268e3e23358b456c.html